RECARGOS NOCTURNOS

Hace referencia al recargo que se debe pagar sobre la hora ordinaria, por el hecho de laborar en horas nocturnas. El recargo corresponde al 35% sobre la hora ordinaria según lo estipula el numeral 1 del artículo 168 del código sustantivo del trabajo.
El recargo nocturno se paga después de las 10 de la noche hasta las 6 de la mañana, y corresponde al solo hecho de trabajar de noche, puesto que la jornada ordinaria se puede trabajar o bien de día o bien de noche, pero en este último caso se debe pagar un recargo del 35%.
EJEMPLO:
Dahiana laboro el mes de marzo en el horario de 2pm - 6pm descanso 1 hora de 7pm a 11pm ella devenga $3.450.000 de lunes a viernes.
20 dias= 20 horas con recargo nocturno.
para sacar valor de hora ordinaria:
$3.450.000/30/8= 14.375
14.375 * 3.5%= 5.031 * 20 dias= $100.620
COMO SE PAGA EXTRA DOMINICAL Y FESTIVO DUIRNAS
Tomamos el valor del salario mensual lo multiplicamos x
2.00 lo multiplicamos x las horas laboradas y lo divido x 240 horas.
FORMULA PARA CALCULAR:
V/Salario*2.00*horas laboradas
240
Ejemplo:
Cucho devenga mensualmente $1.000.000 y labora en el mes 8 horas extras diurnas dominicales.
1.000.000 * 2.00 * 8 horas = 66.666
240
FORMULA PARA CALCULAR:
V/Salario* 0.25 *horas laboradas
240
Ejemplo:
Pedro devenga $2.000.000 mensuales y en una mes laboro 1 hora extra nocturna ¿cual sera el valor a cancelar por este concepto?
2.000.000 * 2.5 * 1 hora = 20.833
240
HORAS EXTRAS DOMINICALES Y FESTIVOS NOCTURNOS
Tomamos el valor del salario lo multiplicamos por 2.5 y luego lo multiplicamos por las horas extras laboradas en el mes y lo divido en 240.
Ley
50 de 1990 Artículo 99. El nuevo régimen especial del auxilio de cesantía,
tendrá las siguientes características:
El
valor liquidado por concepto de cesantía se consignará antes del 15 de febrero
del año siguiente, en cuenta individual a nombre del trabajador en el fondo de
cesantía que el mismo elija. El empleador que incumpla el plazo señalado deberá
pagar un día de salario por cada día de retardo.”.
EJEMPLO:
Pedro comienza a laborar en el año 2010 las cesantias del año 2013 son $1.500.000 por ende al dia de hoy 27 de marzo ¿cual sera el valor a pagar por este concepto?
43 días.
1.500.000/30= $50.000
$50.000*43 dias= $2.150.000
Rta: el valor a pagar por este concepto es $2.150.000
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